Hoy en día, cualquier propietario de un coche que quiera ponerlo a la venta sabe perfectamente que, a pesar de las mil y una plataformas que seguramente existan para estas transacciones, la mejor forma de hacerlo es la tradicional: poniendo carteles.
Todos nos hemos encontrado en más de una ocasión la típica pancarta donde pone ‘Se vende’ en el parabrisas o en las ventanillas de un vehículo que está a la venta, pero seguro que no se nos ha ocurrido pensar en que esa práctica puede suponer un motivo de multa para la Dirección General de Tráfico (DGT).
Como norma habitual, este tipo de carteles se suelen colocar en las ventanas o parabrisas de los vehículos que están estacionados, pero también hay algunos conductores que incluso los llevan cuando el coche está en circulación.
Una práctica que puede dar lugar a una sanción, ya que contraviene lo estipulado en el artículo 19 del Reglamento General de Circulación: La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos».
De manera que cualquier elemento que obstaculice la visibilidad del conductor al volante supone incurrir en una infracción grave y esta, concretamente, puede suponer el pago de una multa de 200 euros, según la DGT.
Ahora bien, si el cartel de ‘Se vende’ aparece colocado en un coche que se encuentra estacionado en la vía y no en circulación, esto no supone ninguna infracción de la normativa; aunque todo depende del municipio en el que se encuentre y de las normativas de cada ayuntamiento.
Según informa el portal Motor, en algunas zonas se considera esta práctica como un uso indebido de la vía pública y puede conllevar una multa de hasta 1.000 euros.
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