
Desde el organismo oficial explican que «para cualquier trámite es suficiente con enseñarlo, pero jamás será imprescindible fotocopiarlo, escanearlo o similar».
Y es que una persona puede confirmar su identidad simplemente con mostrarlo, y si se trata de una transacción online se puede enviar un vídeo con el documento físico en la mano o mostrarlo por webcam.
Lo normal es que los establecimientos y organismos que fotocopian el DNI lo hagan como forma de atestiguar la identidad del potencial cliente o consumidor, pero los datos del documento nacional de identidad pueden acabar siendo usados con fines delictivos de suplantación de identidad como solicitar un crédito a nombre de otra persona, hacer duplicados de tarjeta o hackear de cuentas.
Por todo ello la recomendación es abstenerse de fotocopiar el DNI, algo que además tiene una serie de multas que establece la AEPD por «el mal uso de los datos personales de una persona recogidos en un DNI». La más alta hasta ahora la ha pagado Orange, que tuvo que pagar cien mil euros porque uno de sus mensajeros hacía una fotografía por ambas caras del DNI para entregar sus paquetes.