
A partir de este año se podrán jubilar a los 65 años aquellos que hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses. De no haberlo hecho, habrá que esperar a tener 66 años y 8 meses, una cifra que en 2026 subirá a 66 años y diez meses.
Sin embargo, a partir de 2027 podrán jubilarse con 65 años aquellos que hayan cotizado 38 años y 6 meses, mientras que los que tengan menos años cotizados deberán esperar hasta los 67 años.
Por otra parte, para poder acceder a la jubilación anticipada será necesario tener al menos 63 años y haber cotizado 38 años y 3 meses o más, y en caso de no alcanzar esa cifra, la edad mínima pasará a ser de 64 años y 8 meses. Además, se exige un mínimo de 35 años cotizados, sin contar las pagas extraordinarias ni los periodos trabajados antes de 1967 y al menos dos de ellos debe estar comprendidos dentro de los últimos 15 años antes de solicitar la pensión.
También se van a ajustar de forma gradual, los coeficientes reductores (que varían entre el 21 y el 3,6 por ciento, dependiendo de si la jubilación se anticipa dos años o un mes, es decir, el máximo o lo mínimo permitido), que penalizan la pensión por cada mes de adelanto en la jubilación.
MÁS SOBRE: