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Conductores nacidos entre 1956 y 1961: la DGT introduce cambios clave en el carnet de conducir en 2026

Nuevas condiciones de renovación y ventajas económicas marcan la conducción a partir de los 65 años

Alba García-Fogeda
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Conductora nacida entre 1956 y 1961

Los cambios en el carnet de conducir ya son una realidad para miles de españoles que se verán afectados. En 2026, la DGT (Dirección General de Tráfico) ha puesto el foco en los conductores nacidos entre 1956 y 1961, introduciendo nuevas condiciones que influyen directamente a la renovación del premiso y su vigencia.

Se trata de una adaptación progresiva que busca reforzar la seguridad vial, especialmente en edades donde las capacidades físicas pueden variar con el paso del tiempo. «A partir de los 65 años y para asegurar que se mantiene intacta la capacidad para conducir, se reduce el periodo de vigencia del permiso de conducir. Lo que se pretende de esta manera es aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos», explica el organismo.

Más controles y más renovaciones impuestas por la DGT

Uno de los cambios más relevantes afecta a quienes cumplen 65 años en 2026, es decir, los nacidos en 1961. A partir de esta edad, el carnet de conducir deja de renovarse cada 10 años y pasa a tener una vigencia de 5 años. El objetivo es aumentar el control a través de revisiones. Estas pruebas evalúan aspectos clave como la visión, los reflejos, la audición o la capacidad cognitiva, fundamentales para garantizar una conducción segura.

Además, en algunos casos, los informes médicos pueden incluir limitaciones específicas, como evitar conducir de noche o restringir trayectos largos, dependiendo del estado de salud del doctor.

Reconocimiento médico I Getty

En el otro extremo se encuentran los nacidos en 1956, que cumplen 70 años en 2026. Para este grupo, la DGT introduce una medida positiva: la exención del pago de tasas en la renovación del carnet de conducir. Eso sí, este beneficio económico no elimina la obligación de superar el reconocimiento médico, que sigue siendo imprescindible para poder continuar conduciendo.

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A pesar de estos cambios, la normativa española mantiene que no existe una edad máxima para dejar de conducir. La DGT insiste en que lo importante no es la edad, sino las capacidades del conductor.

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