
A partir de esa fecha, únicamente podrán circular los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que cumplan los requisitos establecidos en el Manual de Características de la Dirección General de Tráfico y dispongan del correspondiente certificado.
Esto afecta especialmente a quienes tengan un patinete comprado antes de que entrara en vigor la obligación de certificación. Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 cuentan con un periodo transitorio y pueden seguir utilizándose hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. Después de esa fecha, ya no podrán circular.
La medida no obliga a retirar todos los patinetes que ya existen. El cambio afecta a aquellos modelos que no cumplen las condiciones técnicas exigidas por la DGT. Desde el 22 de enero de 2024, los patinetes eléctricos que se comercializan en España tienen que estar certificados. Por eso, quienes compren un modelo nuevo deben comprobar que aparece entre los VMP certificados por la DGT.
La propia DGT ha puesto en marcha además un Registro de Vehículos Personales Ligeros, que permite inscribir los VMP y obtener un número identificativo. Los patinetes que no están certificados también pueden inscribirse durante este periodo, aunque su identificación tendrá carácter temporal y dejará de tener validez en enero de 2027.
La nueva regulación busca que los patinetes que circulen por las calles cumplan unos requisitos técnicos mínimos. Entre ellos se encuentran aspectos relacionados con la velocidad, los sistemas de frenado, la iluminación, la señalización y otros elementos de seguridad.
Los VMP están diseñados para alcanzar una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y los modelos certificados deben contar con sistemas que impidan manipular determinadas características del vehículo.
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