La semana pasada conocimos la nueva normativa de Tráfico que la DGT pondrá en vigor a partir de enero de 2021
Entre las medidas:
-conducir y mirar el móvil: 6 puntos del carnet de conducir (antes eran 3) y 600 euros de multa ¡que no es poco!
-Se ha reducido la velocidad a 30km/h en calles de un solo sentido.
-No llevar cinturón de seguridad: pérdida de 4 puntos
-Se disminuye a 20 km/h la velocidad de circulación en calles donde la acera está al mismo nivel que la calzada.
-El uso de los radares: pérdida de 3 puntos.
-Se autorizará a conducir con el permiso B vehículos de entre 3.500 kilos –el límite actual– y 4.250 si se trata de vehículos de mercancías.
En foros se habla de que la DGT plantea que los usuarios hagan un examen para obtener el carnet que les permita conducirlos. Y también de la obligación de portar un certificado técnico de nuestro patinete eléctrico.
Lo cierto es que la DGT no está planteando un examen, ni un carné específico para patinetes eléctricos.
En lo que sí se está trabajando es el establecimiento de una normativa a nivel nacional que regule el uso de estos dispositivos: normas, obligaciones -uso de casco, por ejemplo- y obtención de un documento que acredite al patinete eléctrico como un vehículo de movilidad personal con velocidad máxima no superior a 25 km/h.
Este certificado deberá emitirlo el fabricante y no será obligatorio, hasta dentro de 24 meses.
-Prohibido utilizarlos en aceras y zonas peatonales
-Prohibido conducirlo bajo los efectos del alcohol
-Límite de velocidad máxima específica de 21 km/h.
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