Perro se reencuentra con su dueño. Ley de bienestar animal

Ley de Bienestar Animal: las multas por dejar a tu perro en el coche o atado en la puerta de un establecimiento

Así es la nueva regulación que entra en vigor este viernes 29 de septiembre

Noelia Bertol

El 29 de septiembre entra en vigor la Ley de Bienestar Animal, por la cual se pretende regular la identificación de las mascotas en nuestro país, garantizar su bienestar e impedir el abandono. Se trata de un conjunto de normas estrictas que deberán adoptar todos los propietarios de mascotas, ya sean estas animales domésticos o especies silvestres que estén bajo su cuidado y supervisión.

En un intento por luchar «contra el maltrato, el abandono y el sacrificio de animales«, tal y como apuntan desde el Ministerio de Derechos Sociales, el maltrato animal estará castigado con entre uno y tres años de prisión en función de las consecuencias.

Eso entre las medidas más duras. Pero también habrá sanciones para otros gestos que vemos con más asiduidad, como es el caso de dejar a los perros solos en casa más de 24 horas, en un coche encerrados mientras se hacen recados o atados a la puerta de un supermercado.


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Las medidas y prohibiciones principales que trae consigo la Ley de Bienestar Animal

Todo esto forma parte de las novedades que trae consigo esta regulación, y que te pasamos a exponer a continuación:

  • Para los propietarios de perros se establece la obligatoriedad de realizar un curso formativo «con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal«. Se trata de un curso gratuito que les acreditará la capacidad de tener un perro a su cuidado.
  • También a los dueños de estos animales se les obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que esté en vigor toda la vida de la mascota.
  • En el caso de los gatos, será obligatoria la «identificación mediante microchip y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios«.

Principales prohibiciones:

  • Se prohíbe «el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo«, así como utilizarlos en peleas o adiestrarlos para dicho fin.
  • Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha.
  • Dejar a perros y gatos en terrazas, balcones o espacios cerrados como sótanos, trasteros y vehículos de forma habitual y por tiempos prolongados.
  • Dejar a cualquier animal doméstico sin supervisión durante tres días seguidos. En el caso de los perros, el tiempo no puede ser superior a 24 horas.
  • Comercializar con perros, gatos o hurones, «así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales«. La venta de estos animales solo podrá llevarse a cabo en criaderos registrados.
  • «Mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado«.

Las multas por incumplir las medidas

En el caso de no cumplirse alguno de estos puntos se puede recurrir a multas e infracciones que pueden ir entre los 500 a los 200.000 euros, en función de la gravedad.

Así, las multas leves, enfocadas en el incumplimiento de las prohibiciones y obligaciones, tendrán una sanción de entre 500 y 10.000 euros. Las faltas graves graves, centradas en el sufrimiento del animal, se sancionarán con multas entre 10.001 y 50.000 euros. Las más graves, relacionadas con la muerte del animal por maltrato, sacrificio sin autorización o el adiestramiento para peleas pueden alcanzar los 200.000 euros.

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