La liquidación anual del IRPF es de obligado cumplimiento por ley, pero no todos los contribuyentes están obligados a presentar la renta. Sí deben hacerlo los empleados que obtienen unos ingresos superiores a 22.000 euros anuales (rendimientos íntegros de trabajo).
Asimismo, están obligados a rendir cuentas ante la Agencia Tributaria los trabajadores con ingresos superiores a los 14.000 euros procedentes de varios pagadores, siempre y cuando el segundo pagador, o el segundo y los restantes, proporcionen una cantidad superior a los 1.500 euros.
Este último es el caso de los contribuyentes que hayan estado a lo largo de 2023 en un ERTE, ya que el SEPE ejerce como segundo pagador.
Todas las personas que se encuentren en alguna de estas situaciones deben presentar la declaración de la renta del ejercicio económico anterior, pero antes deben saber que Hacienda ha adelantado la fecha de comienzo de la campaña.
La Agencia Tributaria ya ha publicado en su página web el calendario del contribuyente de cara al 2024 y en él aparece la nueva fecha del arranque: el 3 de abril de 2024. Lo que supone un adelanto de ocho días con respecto al año pasado.
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