Han pasado más de doce años desde el hallazgo del cuerpo de Mario Biondo el 30 de mayo de 2013 en Madrid. Desde entonces, sus padres, Santina D’Alessandro y Giuseppe ‘Pippo’ Biondo, han pedido que se revisen las circunstancias en las que murió su hijo.
Durante una rueda de prensa celebrada en Barcelona, Santina y Pippo hablaron con emoción contenida. Santina aseguró que esta resolución española les da «una pequeña satisfacción», pero enfatizó que no descansarán: «solo queremos saber quién ha matado a nuestro hijo y por qué».
Pippo, visiblemente conmovido, agregó que sienten gratitud hacia quienes han acompañado su lucha durante estos años, pero que esa gratitud no les hará ceder en su demanda de justicia.

Con el respaldo de su equipo jurídico del despacho Vosseler Abogados, los padres han anunciado que presentarán un incidente de nulidad para que la causa vuelva a tramitarse en España, alegando que hubo violaciones en la tutela judicial.
Si ese recurso no prospera, recurrirán al Tribunal Constitucional y, de ser necesario, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para que se admita la reapertura y se practiquen nuevas pruebas.
Entre los elementos aportados hasta ahora figuran señales de irregularidades: falta de diligencias esenciales en los primeros momentos, pérdida o borrado de datos del ordenador de Mario tras su muerte, inconsistencias en las autopsias y la posición del cuerpo al ser hallado.
Desde el primer día, los padres rechazaron la versión oficial y cuestionaron que la investigación se cerrara apenas mes y medio después del hallazgo de su cuerpo.
Ahora, con el reconocimiento judicial español y la resolución italiana como respaldo, Santina y Pippo esperan que el sistema judicial acepte que quieren que se persiga la identidad de un posible asesino.
MÁS SOBRE:
© Sociedad Española de Radio Difusión, S.L.U.
© Sociedad Española de Radiodifusión realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre.