
Desde Reclamio, una empresa especializada precisamente en gestionar este tipo de reclamaciones de pasajeros que viajan en avión, conocen muy bien las ‘mañas’ más habituales de las compañías para intentar no hacer frente al pago de dichas indemnizaciones al viajero, que en un 90% de los casos, no las reclama. El desconocimiento de este al respecto es la primera y más utilizada. Y es que en muchos casos no sabemos que, además de que nos solucionen el problema, tenemos derecho a recibir hasta 600 euros si se cumplen los requisitos recogidos en el Reglamento (CE) 261/2004.
Otra práctica muy común es alargar mucho en el tiempo los procesos de reclamación, o incluso cobrar por las llamadas telefónicas o someter al cliente a largas esperas para ser atendidos por teléfono, chat o correo electrónico, consiguiendo así que se canse y desista, con lo cual la compañía se ahorrará la indemnización.
Pero además, debemos saber que las incidencias pueden ocurrir por causas extraordinarias, que son las que la compañía no puede controlar, como una tormenta o una huelga de controladores aéreos, en cuyo caso el viajero no tiene derecho a una indemnización. O por el contrario ser por una causa ordinaria, como una huelga de tripulación o problemas técnicos del avión, en cuyo caso el pasajero si tendría derecho a cobrarla.
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