El 1 de julio de 2006 entró en vigor en España el sistema del permiso de conducir por puntos. A poco más de un mes para que se cumplan quince años el Gobierno y la DGT han creído oportuno actualizar este modelo que según explican a pesar de haber servido para reducir la siniestralidad vial, ya se estaba quedando algo obsoleto.
La reforma de la Ley de Tráfico incluye sanciones nuevas por sujetar el móvil con la mano, adelantar a ciclistas sin dejar 1,5 m de separación o llevar mal puesto el cinturón.
El Gobierno ha presentado un Proyecto de Ley que modifica la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial en materia del permiso y licencia de conducción por puntos. Una reforma que aún no ha sido aprobada por las cortes cuyo principal objetivo es revisar las infracciones que quitan puntos, incluyendo algunas nuevas y endureciendo otras ya existentes para mejorar la eficacia del sistema y reforzar la seguridad vial.
Se incorporan dos nuevas infracciones. La primera se refiere al uso del móvil es la infracción por «utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce», que será sancionada, cuando la reforma sea aprobada, con la pérdida de seis puntos del permiso de conducir.
La segunda es la infracción por «adelantar a ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 metros«.
Esto implica que cuando se apruebe, cualquier conductor podrá ser sancionado con cuatro puntos por no respetar la distancia lateral de 1,5 metros cuando adelante a un ciclista o un grupo de ellos.
Además se incluyen otras modificaciones cómo la retirada de cuatro puntos, antes eran tres por «no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección». Llevar mal puesto el cinturón o el casco también estará sancionado con la pérdida de cuatro puntos.
Pérdida de seis puntos
Pérdida de cuatro puntos
Ocasionará la retirada de cuatro puntos del carné de conducir las siguientes infracciones.
Es motivo de retirada de tres puntos,
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