La DGT ya no multará por conducir sin carnet

«Se puede superar el límite de velocidad para adelantar» y algunos otros mitos de la conducción

Seguramente los hayas escuchado más de una vez, pero no son verdad

Ana Más

Seguramente los hayas escuchado tantas veces que ya tengas incluso dudas de si son verdad o mentira. Hoy nos detenemos en algunos mitos sobre la conducción. El primero de ellos que se puede superar el límite de velocidad para adelantar, algo que está prohibido desde 2022, cuando «se prohibió el poder superar la velocidad límite de la vía en carreteras convencionales en 20 km/h con el objetivo de adelantar al vehículo de delante», explican desde El Economista.

Otro de los que tiene que ver con los adelantamientos en este caso a ciclistas es el siguiente: «nunca se debe rebasar la línea continua al adelantar a un ciclista» , pues bien, si podemos adelantar a los ciclistas a pesar de la línea continua, aunque respetando siempre la distancia de seguridad, que debe ser de al menos un metro y medio entre la bici y nuestro coche.

Otra de las cosas que seguro has escuchado con respecto a la conducción es que solo se puede conducir con zapatos cerrados incluso en verano. Algo que no es cierto, aunque si nos pueden multar por conducir descalzos, sin embargo si podemos conducir con sandalias siempre que estas no interfieran en la conducción.


Más mitos con respecto a la conducción

Otro de los más conocidos es este: «Si he puesto los intermitentes, tengo derecho de paso«, algo totalmente falso, ya que, aunque hayamos puesto los intermitentes, somos nosotros los que queremos incoporarnos a la vía o cambiar de carril y por eso debemos esperar hasta encontrar el momento adecuado.

Y uno más que tiene que ver de nuevo con los adelantamientos: «Adelantar por la derecha no está prohibido», algo que prohíbe la norma general además de ser ilegal y está sancionado. Aunque con algún matiz ya que en algunos casos está permitido, en estos concretamente:

  • que el vehículo al que queremos adelantar indique claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado
  •  cuando la retención en el carril izquierdo es alta, como puede ser en un atasco, y la situación de la vía lo permita
  • dentro de poblado en vías con al menos dos carriles en el mismo sentido y siempre que no se ponga en peligro a los demás usuarios.

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