Lotería de Navidad: La advertencia de un experto sobre el cobro de los décimos compartidos

¿Sabes a partir de cuánto tributan los premios y cómo cobrarlos si este es compartido?

Ana Más

A tan solo unas horas de la celebración del sorteo de Navidad, Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) en una entrevista ofrecida al diario As aclara algunas cuestiones relacionadas con la tributación de los premios de la Lotería navideña.

La primera de ellas tiene que ver con el límite a partir del que se tributa. «Los primeros 40.000€ de cada premio no van a tributar. En la Lotería de Navidad, tributan sólo los tres primeros premios porque son los que superan ese importe. En el primer premio, se tributará 72.000€; 17.000€ en el caso del segundo premio; y 2.000€ en el tercer premio», explica.

Otra cuestión importante tiene que ver con la obligación de incluir los premios de la Lotería de Navidad en la declaración de la Renta, la respuesta es que no debemos hacerlo. Aunque el experto matiza: «Sí tendrías que incluir los rendimientos que haya generado este premio. Cuando lo cobres, desde ese momento hasta el 31 de diciembre, los rendimientos obtenidos sí tributan, pero el premio en sí no. Esto para las personas físicas.»


¿Qué pasa con los décimos compartidos en la Lotería de Navidad?

Cruzado también explica la forma de tributar de los décimos compartidos. Se trata de un premio por décimo. En el caso de que sea El Gordo nos entregarán 400.000€, menos los 72.000€ de la tributación correspondiente.

Si ese décimo es compartido tenemos que tributar igual, y matiza: «Si está repartido, va a verse repercutido el importe del tributo en función de lo que juegue cada uno». Pero cuidado con la manera de cobrarlo: «es recomendable acreditar la identidad de cada una de las personas que participan en el momento del cobro del premio. Si solo lo cobra una persona y luego hace un ingreso al resto que participa, puede entenderse como una donación.»

Basta con que cada agraciado se identifique con nombre y DNI cuando vaya al banco. Esta información será transmitida por la entidad bancaria a Loterías y esta hará lo propio con Hacienda. El experto concreta aún más: «a efectos de poder acreditar esa participación, lo conveniente es tener un recibo por la persona que es el depositario. Si se hace por WhatsApp u otro medio, es recomendable tener esa foto e identificación junto con el importe jugado».