Una buena noticia para todo aquel que opte por comprar coches de segunda mano ya sea a un particular o en un concesionario: con la nueva ley se amplía la garantía y el vendedor deberá responder con el pago de las reparaciones de los llamados «vicios ocultos»
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 7/2021 se ha ampliado el plazo de la garantía que disfrutan aquellos consumidores que hayan decidido comprar un vehículo de segunda mano.
Este es el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.
Se equipara a la garantía de un coche nuevo que permanece durante 24 meses, es decir, dos años.
Cuando compras un vehículo de segunda mano pueden aparecer averías que a simple vista, en el momento de la compra y tras la habitual inspección técnica no se habían detectado. Son los llamados vicios ocultos que también se asocian a la compra de una vivienda. Son fallos que aparecen de repente y que no estaban reflejados en el contrato de compraventa. Antes el comprador debía demostrar que la avería se había producido por un problema del vehículo no detectado antes de su compra.
Hasta ahora, el comprador podía reclamar la reparación al vendedor particular durante los siguientes seis meses posteriores a la adquisición. La nueva ley incrementa el plazo de garantía hasta los 12 meses siempre y cuando en el contrato no se especifique lo contrario. En el caso de comprar el vehículo en un concesionario, la garantía del vehículo se amplía hasta los dos años bajo las mismas condiciones y como mínimo, de un año.
Ahora, por ejemplo los concesionarios, durante los 24 meses de garantía, «se deberán hacer cargo de cualquier avería que se produzca, siempre y cuando no estuviera previamente reflejada en el contrato».
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