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Consejos de la OCU para pagar menos en tu declaración de la renta

Todavía tenemos margen para ahorrarnos unos euros en este año fiscal

Ana Más

Todavía quedan muchos meses para la próxima declaración de la renta. Sin embargo, ahora es cuando podemos hacer algunos ajustes para pagar menos impuestos, y es que solo quedan dos semanas para que acabe el actual ejercicio fiscal. Consejos de la OCU que te van a permitir ahorrar en tu declaración de la renta.

La primera de ellas tiene que ver con los planes de pensiones, una aportación que según explican «puede ser interesante para quien obtiene rentas que provienen del trabajo, pero también de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles (siempre que además tengan rentas de los dos tipos anteriores) por las que tributan en el IRPF.»

Aunque desde la organización de consumidores advierten que la cantidad máxima que se podrá descontar de la base imponible en la próxima declaración de la renta es la menor de las siguientes:


  •  1.500 euros, aunque los planes de empresa pueden recibir hasta 8.500 euros de aportaciones empresariales (entre ambas fuentes, las aportaciones no pueden sumar más de 10.000 euros). Si se supera el límite, no sólo no se podrá deducir por el exceso, sino que el contribuyente se arriesga a ser sancionado si no solicita la recuperación del exceso antes del 30/06/2023.
  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

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Aitor Diago/Getty

Si estamos pensando en vender nuestra casa, mejor esperar a tener 65 años, y es que las ganancias por la transmisión de la vivienda habitual (en la que se reside durante tres años continuados) cuando se tienen 65 años o más, están exentas de tributación del IRPF.

Algo que puede ahorrarnos algún que otro euro también es aprovecharnos de las deducciones autonómicas, que nos permiten desgravar gastos como la guardería de los hijos, gastos educativos, abono transporte público, ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, el alquiler, entre otros.

Ser solidario también nos va a aportar beneficios en este sentido y es que los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro deducen un 80% sobre los primeros 150 euros, y un 35% sobre lo que exceda de esa cantidad.

Debemos estar atentos también a cualquier cambio que se produzca en la familia y comunicarlo a nuestro empleador, el nacimiento de un hijo, un divorcio o una discapacidad puede afectar a la retención a cuenta del IRPF y así conseguiremos que esta sea lo más ajustada posible.

Si estamos pagando hipoteca, la OCU señala la amortización de la misma como otra forma de rebajar la factura fiscal: «Quienes compraron su vivienda habitual de forma financiada antes del 1 de enero de 2013 podrán aplicar una deducción del 15% sobre lo que hayan pagado en 2022 por el préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración», es decir, lo que interesa es » amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite para así aprovechar íntegramente la deducción.»

Además de las nuevas deducciones del IRPF por obras de mejora de eficiencia energética de la vivienda, algo que nos permitirá deducir un 20%, 40% o 60% sobre una base máxima de 5.000 o 7.500 euros dependiendo del tipo de obra. Para ello deberemos tener un  certificado de eficiencia energética previo a las obras y otro posterior con fecha máxima del 31 de diciembre de 2022.

Los problemas de salud graves o crónicos o tener descendientes o ascendientes a cargo, también puede suponernos una deducción fiscal. Para solicitarlas es conveniente pedir el certificado de discapacidad antes de fin de año.

El IBI también tiene alguna bonificación que se ha de solicitar en el ayuntamiento antes de que termine el año, en Madrid por ejemplo hay  bonificaciones para familias numerosas que pueden llegar hasta el 90%.

Además hay salario en especie exento de pagar IRPF, retribuciones como los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos, vales de comida, cheques de transporte y guardería.

Además de las cuotas sindicales, cuotas al colegio profesional o si ha tenido un pleito laboral y ha pagado honorarios al abogado y procurador, son gastos que se pueden deducir de los ingresos del trabajo, con lo que paga menos por ellos.

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