Estos colectivos de pensionistas cobrarán su extra de forma distinta

Estos son los casos en lois que las pagas extra están prorrateadas.

Ana Más

En la mayor parte de los casos las personas jubiladas cobran su pensión en catorce pagas, lo cual significa que tienen dos pagas extras al año, tal y cómo informan desde la Seguridad Social, «las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas», esto es dos pagas extras en junio y en noviembre.

Sin embargo esto no se cumple en todos los casos, hay algunas excepciones. Estas son las pensiones derivadas de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, en cuyo caso las pagas se prorratean mes a mes. Es decir estas personas cobrarán un poco más al mes y no tendrán extra ni en junio ni en noviembre.

Todo esto no significa que este grupo de pensionistas cobren menos, sino que la prestación se reparte de una forma distinta al resto de ellos, que recibirán su paga extra de verano en torno al 25 de junio, aunque algunos bancos suelen adelantarlo al día 23 o 24.


Estos colectivos de pensionistas cobrarán su extra de forma distinta

Lo mismo le ocurrió a principios de año  a este colectivo de pensionistas con «la paguilla» o lo que es lo mismo la paga extra que reciben los pensionistas en enero o cuando el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior supera al que  inicialmente había calculado el Gobierno.

Una «paguilla» que al igual que ocurre con las extras de verano y Navidad se les va prorrateando a este tipo de pensionistas, en las mensualidades de cada mes. Además tal y cómo recoge El Ideal, «la cuantía de la paga extra de verano se verá afectada por la subida de las pensiones de este año, que ha sido de un 2,5%, porcentaje ya vinculado al IPC.»

El  importe de las pagas extraordinarias de los pensionistas será del mismo valor que el de los pagos de la pensión ordinaria mensual y tal cómo reseña el  mismo diario, «la pensión de jubilación subirá alrededor de 25-30 euros mensuales, mientras que la de incapacidad permanente lo hará entre 20-25 euros al mes; la de viudedad, alrededor de 15-20, y las de orfandad y en favor de familiares, alrededor de 10 y 14 euros, respectivamente.»

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