La alarma por la pandemia del coronavirus ha disminuido en numerosas partes del mundo, algo en lo que mucho ha tenido que ver la vacunación masiva de personas durante más de un año. La situación se encuentra en un nuevo plano en el que las restricciones son cada vez menores y menos duras.
El pasado martes la Comisión de Salud Pública determinó que desde este lunes 28 de marzo aquellos que experimenten síntomas leves de coronavirus no necesitarán realizarse una prueba ni tendrán obligación de hacer cuarentenas preventivas.
El virus ha adquirido el mismo tono de preocupación que podría tener una gripe, pero, ¿puedo ir al trabajo si doy positivo en Covid?
La recomendación de Sanidad en estos casos es optar por el teletrabajo siempre que este sea posible. Si no es así y el positivo en Covid presenta síntomas leves, desde el Ministerio recomiendan limitar las relaciones sociales y hacer un uso continuo de la mascarilla, tanto en interior como en exterior. Por supuesto, también se recomienda mantenerse alejados de personas vulnerables.
En el caso de los asintomáticos, estos irán a trabajar de forma presencial puesto que es posible que ni siquiera descubran que tienen el virus, ya que no es obligatorio ni aislarse ni hacerse un test en el caso de ser contacto estrecho. Además, si no tienen síntomas es probable que no se realicen una prueba y, por lo tanto, no se enteren de su positivo.
La relajación de las restricciones es parte de las nuevas medidas. Ahora bien, no todos están exentos de guardar cuarentena en caso de positivo en Covid o de haber sido contacto estrecho de un positivo.
En este grupo de personas entran los mayores de 60 años, las embarazadas y las personas inmunodeprimidas. También existen casos en los que el médico puede determinar la necesidad de aislarse y concederle al paciente una baja laboral por enfermedad.
MÁS SOBRE:
© Sociedad Española de Radiodifusión, S.L.U. 2026. Todos los derechos reservados
© Quedan reservados todos los derechos tanto sobre programas radiofónicos y las obras y prestaciones que formen parte de ellos, como sobre los contenidos publicados en esta página web. Sociedad Española de Radiodifusión SLU ejerce la oposición expresa frente al uso de sus obras y prestaciones en la elaboración de revistas de prensa prevista en el artículo 32.1 del TRLPI. Sociedad Española de Radiodifusión SLU realiza la reserva expresa frente la reproducción, distribución y comunicación pública de sus trabajos y artículos sobre temas de actualidad prevista en el artículo 33.1 del TRLPI, asimismo, también realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto - ley 24/2021, de 2 de noviembre, así como frente a cualquier utilización de sus contenidos por tecnologías de inteligencia artificial, sea cual sea su naturaleza y finalidad.