Así te afectará la cuota de solidaridad por salario a partir de 2025

Solo se aplicará sobre el tramo salarial que supera la base máxima de cotización

Ana Más

La cuota de solidaridad, es aquella con la que «la Seguridad Social gravará a los trabajadores que más ganan a partir de 2025«, explican desde El mundo, desde donde añaden que «exigirá una contribución extra al sistema que crecerá exponencialmente a medida que aumente el sueldo, pasando de 625 euros para los que ingresen 70.000 euros al año a más de 30.000 euros en cuota para sueldos superiores a 500.000 euros». Solo se aplicará sobre el tramo salarial que supera la base máxima de cotización, que en 2023, la base estaba en 54.000 euros anuales, este año se ha incrementado hasta los 56.646 euros y el próximo año volverá a subir, explican desde el mismo medio.

La medida forma parte de la reforma de pensiones que se aprobó hace un año y se aplicará a los trabajadores con salarios más elevados, es decir, aquellos asalariados que cotizan en Régimen General de la Seguridad Social. Aunque los trabajadores autónomos quedan eximidos de ella. También se aplicará «a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen de los Trabajadores del Mar y a los trabajadores por cuenta propia incluidos en este Régimen Especial de Trabajadores del Mar», explican desde El Economista.

Desde el mismo medio añaden que esta cotización adicional no tiene carácter contributivo, sino «redistributivo», esto significa que «se usará para suavizar el golpe financiero del retiro masivo de la generación del ‘baby boom’, pero no tiene efectos sobre la pensión». 


Más datos sobre la cuota de solidaridad

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Desde El Economista explican que comenzará a aplicarse en 2025 a partir de tres tramos:

  • Un 0,92% de cotización adicional para la parte de salario comprendida entre la base máxima y un 10% superior a esa base máxima.
  • Un 1% para el tramo de salario situado desde el 10% adicional de la base máxima hasta el 50%.
  • Un 1,17% para el tramo de retribución por encima del 50% adicional de la base máxima.

Desde el mismo medio aluden a BBVA Mi Jubilación, desde donde explican cuanto asume qué parte de la cuota asume el empresario y cuanto el trabajador: «La distribución del tipo de la cotización por solidaridad entre el empresario (empleador) y trabajador, mantendrá la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes (es decir, la cotización de la empresa será 5 veces la del trabajador)».

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