1 de Julio… tenemos las vacaciones encima. Muchos ya las están disfrutando. Otros, esperándolas con ansiedad y esperanza. Este año, las vacaciones no van a ser normales para nadie pero especialmente diferentes serán para todos aquellos ciudadanos que estén inmersos en un ERTE, en cualquiera de sus dos modalidades: suspensivo o de reducción de jornada.
Si eres de los que está en alguna de estas circunstancias… te contamos qué va a pasar con tus vacaciones.
Pues bien, deberás saber que si te han mandado a un ERTE temporal de suspensión de contrato no podrán descontarte las vacaciones no disfrutadas cuando regreses a tu empresa.
Y es que los trabajadores con suspensión de contrato no generan días de vacaciones ni por la parte proporcional que corresponde a las pagas extraordinarias.
En este caso, tendrás los mismos días de vacaciones y el devengo de los días no se ve modificado.
Imagínate que tu empresa aplica un ERTE mientras estás disfrutando de tus merecidas vacaciones.
Si es así, pulsa el botón de stop. Tus vacaciones quedarían automáticamente interrumpidas y solo contarían como días consumidos los previos al expediente de suspensión, ya que los días que transcurran en el ERTE no tendrán la consideración de días de descanso.
Se te ha aplicado un ERTE suspensivo. Has decidido irte de vacaciones. Estás en «situación de paro» y nada te lo impide. pero a mitad de vacaciones tu empresa te pide que vuelvas al trabajo porque te levanta el ERTE ¿Estas obligado a reincorporarte?
Mucho me temo que sí. Es una obligación que debes cumplir. La empresa ha decidido reincorporarte a tu puesto de trabajo y si no has solicitado previamente vacaciones, deberás acudir. Si te niegas a volver, podrían despedirte de forma disciplinaria.
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