El verano ha llegado y con él, las vacaciones, los días de sol y los largos viajes en carretera. Estamos casi rozando ya la operación salida de agosto, uno de los momentos más temidos en coche, tanto por el tráfico como por el reglamento que la Dirección General de Tráfico (DGT) se encarga de recordar cada año.
No usar el móvil al volante, no distraerse, llevar siempre puesto el cinturón… Estas son solo algunas de las normas más básicas que sabemos que son obligatorias en el coche. Pero ahora que llega el veranito y el calor, tenemos que acodarnos de otras obligaciones, como conducir siempre con camiseta.
Sí, esto parece de lo más obvio para muchos conductores, pero no todos lo acatan. De hecho, hay otra duda recurrente que nos asalta por esta época: ¿se puede conducir en chanclas? Uno podría pensar que, aunque no es lo más cómodo, sí es más práctico si vienes de la playa o la piscina.
Pues bien, un agente de tráfico de la Guardia Civil ha querido zanjar esta duda: «Sí, se puede». Eso sí, existe algún ‘pero’ u excepción en esta respuesta. «Se puede salvo que el uso de este calzado interfiera en la conducción y pueda provocar un accidente.
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Aunque se trata de una contestación algo ambigua, lo cierto es que la ley tampoco lo deja del todo claro. Lo que sí recoge el artículo 18 del Reglamento de Circulación es que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
Por lo tanto, tal y como informan desde la propia cuenta de la Guardia Civil, si el conductor o conductora comete una imprudencia al volante por culpa del calzado, en este caso, las chanclas; sí podría ser motivo de sanción.
De hecho, el pago de la multa podría oscilar entre los 80 y los 200 euros, en función de si se considera que se ha cometido una infracción leve o grave.
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